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Noticias de Economía | Finanzas

Cómo afectará la directiva DAC8 a la declaración de criptoactivos en España y lo que necesitas saber

El Gobierno inicia la tramitación de la directiva 'DAC8', que incrementará la vigilancia fiscal sobre criptomonedas en la UE.
Alejandro Triguero Alejandro Triguero
4 de junio de 2025
Cómo afectará la directiva DAC8 a la declaración de criptoactivos en España y lo que necesitas saber

El Gobierno ha puesto en marcha la tramitación de la directiva europea conocida como ‘DAC8’. Esta normativa introduce un aumento significativo en la vigilancia fiscal para las entidades de criptomonedas y establece un sistema de intercambio automático de información sobre criptoactivos entre los estados miembros de la UE. La culminación de este proceso está sujeta a la futura aprobación en el Congreso de los Diputados.

¿Qué implica la nueva directiva europea sobre criptomonedas para España?

Desde su previsión de implementación al inicio de 2026, la directiva ‘DAC8’ será fundamental al momento de transponerla en las legislaciones nacionales. Su objetivo principal es reforzar el control sobre las operaciones y saldos relacionados con criptoactivos, tanto para residentes como para no residentes en territorio español. Esto implica que los proveedores de monedas virtuales deberán informar sobre las operaciones realizadas por sus usuarios.

Un cambio significativo que trae consigo la normativa es el reconocimiento de los criptoactivos como bienes que pueden ser embargados. Esto implica que los contribuyentes deben ser más diligentes al declarar sus operaciones con estos activos, ya que la Agencia Tributaria contará con herramientas adicionales para acceder a la información proporcionada por las plataformas de intercambio.

¿Cómo tributan los criptoactivos en España?

En el ámbito fiscal, las criptomonedas están sujetas a distintos impuestos que varían según la operación efectuada. En España, el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) juega un papel crucial en este aspecto. Este se divide en dos escalas: la ‘general’ y la del ‘ahorro’. La mayoría de las operaciones relacionadas con criptomonedas tributan bajo la escala del ahorro, que se refiere a las rentas generadas por capital mobiliario y ganancias o pérdidas patrimoniales.

Por ejemplo, si un contribuyente vende criptomonedas por un precio superior al de compra, se considera una ganancia patrimonial, lo que genera una obligación fiscal. En estos casos, Hacienda fija tipos impositivos que van del 19% al 28%, dependiendo del importe involucrado. A partir de 2025, las ganancias que excedan los 300.000 euros se gravarán al 30%, lo que obliga a estar atento a cómo se realizan estas transacciones.

¿Es obligatorio declarar las criptomonedas?

Para los contribuyentes que han estado involucrados en la compraventa de criptomonedas, la respuesta es clara: sí, es obligatorio declarar estos activos. La Agencia Tributaria considera que las criptomonedas son bienes inmateriales y, en consecuencia, tienen implicaciones fiscales significativas.

No declarar estos activos puede llevar a consecuencias graves. En situaciones de infracciones muy graves, las multas pueden alcanzar hasta el 150% de las cantidades no declaradas. Esto sin mencionar que, en los casos más extremos, se podrían imponer penas de cárcel por evasión fiscal. Además, la Agencia está fortaleciendo su vigilancia sobre las operaciones digitales, lo que puede resultar en embargos de criptoactivos si se identifican incumplimientos.

¿Cómo se declara?

Con la llegada de la Campaña de la Renta del ejercicio 2024-2025, la Agencia Tributaria ha incluido un nuevo apartado específico para la declaración de criptomonedas. Este nuevo espacio, correspondiente a las casillas 1800-1814, forma parte de la sección dedicada a las «Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión o permuta de otros elementos patrimoniales». Aquí, los contribuyentes deberán incluir no solo el tipo de operación, sino también el valor de la transmisión y la adquisición, la fecha y los gastos asociados.

Por otro lado, aquellos que a 31 de diciembre posean criptomonedas en plataformas extranjeras que excedan los 50.000 euros deberán presentar el Modelo 721, que tiene como fin informar a Hacienda sobre la tenencia de criptoactivos en el exterior. La falta de presentación de este modelo puede resultar en sanciones bastante elevadas.

¿Se pueden compensar pérdidas con ganancias?

El sistema tributario español permite que los contribuyentes compensen pérdidas con ganancias en la base del ahorro. Esto es relevante en el contexto de los criptoactivos. Por ejemplo, si en un año un contribuyente tiene pérdidas derivadas de la venta de criptomonedas, puede compensarlas con otras ganancias patrimoniales generadas en el mismo año fiscal.

Si después de esta operación el saldo sigue siendo negativo, es posible compensar hasta el 25% de ese saldo con rendimientos del capital mobiliario obtenidos. Además, las pérdidas que no se pueden compensar en el año fiscal correspondiente pueden ser arrastradas y descontadas de futuras ganancias en los siguientes cuatro años.

Este complejo entramado fiscal en torno a las criptomonedas refleja la creciente preocupación de las administraciones tributarias por el fenómeno de la digitalización financiera. Con cada nueva legislación, es esencial estar bien informado sobre las obligaciones y responsabilidades que surgen. La evolución de las criptomonedas apenas comienza, y con ella, la responsabilidad de declarar y tributar adecuadamente se vuelve cada vez más crucial. La capacidad de adaptarse a estos cambios marcará la diferencia en la relación de los ciudadanos con sus finanzas digitales.

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